En el juicio contra Álvaro Uribe del cual se lee sentencia hoy por parte de la jueza Sandra Heredia se afirma que quedaron probados los delitos de soborno y fraude procesal.
El despacho determinó que el soborno se presentó desde dos frentes uno mientras Monsalve estaba en prisión y otro a distancia desde Neiva.
Según el Código Penal colombiano en su Artículo 444-A, dice que la persona hallada culpable incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años y multa de cincuenta (50) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Respecto del delito de fraude procesal el código penal asegura que la pena puede ir de cinco (5) a ocho (8) años de prisión, puesto que es un crimen tendiente a inducir al error a la administración de justicia.
El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.
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